La necesidad de directrices claras en la derivación de deudas en los casos de reestructuraciones empresariales

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Hace unas semanas publicábamos “La importancia de la anticipación para la prevención de la crisis económica”, relacionada con los posibles cierres de empresas por ERES y la necesidad de anticiparse, desarrollando mecanismos que faciliten que las personas trabajadoras puedan hacerse cargo de las unidades productivas, mediante fórmulas de emprendimiento colectivo (Cooperativas de trabajo Asociado y Sociedades Laborales).

El contexto socio-económico, en el que nos encontramos donde cada día son más los concursos de acreedores y por consiguiente más personas inscritas en el desempleo. Hay que destacar como aspecto muy positivo, que muchas personas trabajadoras opten por seguir con el trabajo que llevan realizando desde hace muchos años, haciéndose cargo de la empresa por medio del emprendimiento colectivo.

Pero, sin embargo, la normativa reguladora y los criterios de actuación de la Seguridad Social, provoca una inseguridad difícilmente sostenible para muchos proyectos empresariales que surgen como consecuencia de procesos de restructuración y que sobre los mismos está la sombra de la posible derivación de la deuda de la Seguridad Social de la empresa anterior por entenderse que son sucesores de la misma.

Somos conscientes, de la necesidad de la lucha contra el fraude y difícilmente podemos encontrar indicios de fraude, cuando los propios trabajadores/as abogan por el autoempleo como fórmula y medio de mantener sus propios puestos de trabajo y continuar, así, cotizando a la Seguridad Social. Pero, además, no podemos obviar que los promotores de esta sociedades laborales y cooperativas que dan respuesta a estos procesos de reestructuración empresarial solicitan en su mayoría la capitalización del desempleo, por lo la que viabilidad de sus proyectos empresariales ha sido sometida al examen de la Administración Pública a través el SEPE, y validada por ésta.

Desde amusal, abogamos por una normativa coherente al fomento de fórmulas de autoempleo colectivo como son las Sociedades Laborales, como medio y forma en que personas que han perdido sus empleos como consecuencia de procesos concursales o reestructuraciones empresariales, puedan aspirar a generar su propia empresa sin el riesgo de asumir las deudas de empresarios anteriores.

Por este motivo revindicamos la necesidad de directrices claras en la derivación de responsabilidades, en los casos de nuevos proyectos empresariales que surgen por parte de las personas trabajadoras dotando de una mayor seguridad jurídica y por consiguiente más éxito en el nuevo proyecto empresarial, que, a la vez repercute en más ingresos para el Estado.

 

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